DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Única. -Régimen transitorio de desempeño de cargos.

La implantación efectiva del sistema de elección de los cargos generales y sectoriales de la Junta Directiva Central se ajustará a las siguientes reglas:

1.- Para posibilitar la implantación efectiva del sistema de elección y desempeño de cargos de la Junta Directiva Central, tras la aprobación de los Estatutos se celebrarán unas primeras elecciones en que se elegirá una Junta Directiva Central compuesta por:

Presidente ordinario

Vicepresidente 1

Vicepresidente 2

Vicepresidente 3

Vicepresidente 4

Secretario general

Vicesecretario general

Tesorero

Contador

2.- Dos años después se celebrarán las primeras elecciones siguiendo el régimen señalado en los Estatutos, eligiéndose los cargos generales de Presidente entrante, Secretario entrante y Tesorero entrante que sustituirán, respectivamente, a los cargos de Vicepresidente 1, Vicesecretario y Contador

3.- Cuatro años después se celebrarán las elecciones para elegir los cargos de sección (Vicepresidencias primera, segunda y tercera), que sustituirán, respectivamente, a los cargos de Vicepresidente 2, Vicepresidente 3 y Vicepresidente 4.