SEMES interpone recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, reivindicando la regulación de la formación especializada en Urgencias

SEMES interpone recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, reivindicando la regulación de la formación especializada en Urgencias

La Sociedad Científica considera que la actualidad se están vulnerando los derechos fundamentales de pacientes y profesionales

Madrid, a 11 de diciembre de 2019. La Sociedad Española de Medicina de Emergencias (SEMES) ha decidido interponer recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional reivindicando la regulación de la formación especializada reglada en urgencias en España vía Especialidad Primaria, al considerar que es la única forma de poner fin a la vulneración actual de derechos fundamentales de pacientes y profesionales.

SEMES inicia un proceso judicial para reclamar la formación en Urgencias vía Especialidad Primaria, una vez agotado el plazo de contestación del requerimiento que SEMES realizó al Ministerio de Sanidad, el pasado mes de julio. Los motivos principales que han originado esta situación son los siguientes, entre otros muchos:

  • Es intolerable e irresponsable que se mantenga una situación de falta de regulación en nuestro país ante la que constituye la segunda causa principal de demanda de asistencia sanitaria por parte de la sociedad española. Es una situación que dura ya muchos años. Son servicios muy demandados con un gran arraigo social que funciona como principal red de seguridad del sistema de salud y constituye el principal punto de acceso al mismo a cualquier hora del día, especialmente para los grupos de población más vulnerables.
  • Esto es responsabilidad de la Administración Central, en concreto del Ministerio de Sanidad, ya que el ordenamiento Jurídico Europeo, al que el español está subordinado en estos aspectos, viene regulado desde hace años mediante Directiva 36/2005 y su actualización 55/2013, traspuesta a la legislación española mediante RD 581/2017. En todos ellos el Anexo 5.1.3. recoge que esta especialidad consta de un mínimo de 5 años de formación específica. Lo que viene ocurriendo en este sentido contraviene el espíritu de la propia legislación que vulnera principios básicos recogidos en ella como homologación, movilidad profesional y, especialmente garantizar la adecuada formación y los procesos de recertificación profesional asegurando así una atención con la calidad y seguridad debida a los pacientes. Esta afirmación tiene su refrendo ya en la jurisprudencia española, con la doctrina marcada por el Tribunal Supremo.
  • La formación reglada vía especialidad primaria de Urgencias es una exigencia obligada en el mundo sanitario normal internacional, y la primera condición que garantiza la seguridad de los pacientes que se atienden en estos servicios. La Organización Mundial de la Salud ya se pronunciado en este sentido en la última Asamblea celebrada en mayo de 2019. Cualquier acto médico en el entorno de las Urgencias y Emergencias en España está excluido, por definición, de los Niveles ideales de actuación I y II según la doctrina actual en Seguridad Clínica, lo que pone en riesgo indeseado a la población.
  • Así mismo está ausencia de regulación viene produciendo una descapitalización preocupante de profesionales con o sin formación en estos servicios, y una vulneración recurrente de derechos básicos laborales y de las condiciones y las cargas de trabajo, produciéndose además las mayores tasas de temporalidad dentro del total del colectivo médico, recayendo frecuentemente en el personal en formación niveles no deseados de responsabilidad.
  • La máxima responsabilidad médico-legal se centra normalmente en las actuaciones realizadas en estos Servicios, dejando al margen otras actuaciones, como frecuentemente vemos en los medios de comunicación. Esto es paradójico en el presente vacío normativo. Las demandas en relación con las urgencias y las emergencias constituyen la tercera causa del total en España. En el mundo del Derecho, a efectos de Responsabilidad Médica, se considera a urgencias como una especialidad más.
  • La petición de formación vía Especialidad Primaria ha sido demandada oficialmente, de forma recurrente por la propia sociedad española, la totalidad del conjunto de profesionales de estos servicios, las Sociedades Internacionales, la Organización Mundial de la Salud, Colegios Profesionales, Organizaciones sindicales, Congreso de los Diputados, Senado de España, Comunidades Autónomas, el Conjunto de los Defensores del Pueblo y Consejo Económico y Social, entre otros.
  • Dada la demostrable concurrencia de actuaciones repetidas de entidades o personas dentro de la Administración al servicio de contrastados conflictos de interés en contra de este derecho de pacientes y profesionales, nos ponemos a disposición de las autoridades judiciales para aportar toda la documentación que se nos requiera en este proceso.
  • Y, por último, esto es un acto de responsabilidad que se contrapone con la absoluta desidia y desprecio demostrado de forma recurrente por la Administración. Eso ha originado, origina y va a producir numerosos conflictos a nivel de la gestión de estos servicios en todas las Comunidades Autónomas. El grado de exigencia, complejidad y número llevará, si no se toman medidas pronto, empezando por el reconocimiento de su existencia, a la explosión del Sistema de Urgencias y Emergencias.

SEMES promueve y defiende actuaciones profesionales orientadas a la mejor prestación sanitaria en los Servicios de Urgencias y Emergencias, lo que redunda en beneficio de los pacientes y del conjunto de la sociedad. La regulación adecuada de la especialidad primaria en Urgencias y Emergencias –de manera acorde al modelo consolidado en la UE– es una herramienta necesaria, básica y esencial, para reponer y preservar correctamente los derechos fundamentales afectados en este ámbito médico, tanto de los profesionales como de los propios pacientes. Ante la desidia de la Administración, SEMES busca en los tribunales la tutela que a estos derechos se les niega.